En Sesión Extraordinaria, las y los legisladores michoacanos votaron a favor de que cada Municipio sea gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y quince regidores.
12:46 PM 16/04/2026
Morelia, Michoacán, 15 de abril de 2026.- El Congreso del Estado aprobó la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 115, 116 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de reducir costos en los gobiernos locales y congresos estatales; establecer topes salariales, limitar el número de regidores, así como prohibir altos seguros y prestaciones.
En Sesión Extraordinaria, las y los legisladores michoacanos votaron a favor de que cada Municipio sea gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.
También, a favor de que las constituciones estatales establezcan que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda del cero punto setenta por ciento del presupuesto de egresos de la entidad federativa correspondiente.
Asimismo, para que se garanticen los principios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género, en la integración y funcionamiento de los órganos legislativos locales; así como prohibir la reelección de las personas diputadas a las legislaturas de los Estados para el periodo inmediato posterior al ejercicio de su mandato.
En la Minuta, quedó definido en el Artículo 134 que las remuneraciones de las personas consejeras electorales, las magistradas y magistrados electorales, titulares de las secretarías de órganos administrativos y titulares de áreas ejecutivas y técnicas u homólogos del Instituto Nacional Electoral, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales de las entidades federativas, no excederán el límite establecido en el artículo 127 de la Constitución.
Y por mandato constitucional, éstos no podrán adquirir o contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, seguros de separación individualizados, cajas de ahorro especiales, regímenes especiales de retiro u otras prestaciones que no estén previstas por la ley, decreto, disposición general, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.
La Minuta también establece ajustes al Senado de la República, para implementar una reducción progresiva del 15% en su presupuesto respecto al ejercicio fiscal 2026, esto busca que se comprenda que la función legislativa es para servir a la ciudadanía.
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