Congreso tendrá 15 días para designar alcaldes sustitutos
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Comisiones Unidas continúan con análisis y estudio del dictamen en materia electoral
07:05 PM 24/04/2017
Morelia; Michoacán, 24 de abril de 2017.- Las Comisiones Unidas de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana; Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales; y la de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, acordaron reformar la Ley Orgánica Municipal para establecer que ante la ausencia del presidente municipal, el Congreso del Estado contará con un término de hasta quince días naturales para designar a quien deba sustituirlo, respetando el origen partidista y en el caso de los independientes, el cabildo propondrá una terna que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 298 del Código Electoral del Estado.
Los diputados Alma Mireya González, Héctor Gómez Trujillo, Ángel Cedillo, presidenta e integrante de la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana; Jeovana Alcántar, presidenta de la Comisión de Fortalecimiento Municipal, Roberto Maldonado, integrante de la misma; así como Belinda Iturbide y Rosa María de la Torre, presidenta e integrante de la Comisión de Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias, en reunión de trabajo continuaron con el estudio, análisis y discusión del dictamen de reforma en materia electoral.
En este tenor, los legisladores acordaron modificar el Código Electoral a fin de plantear que las vacantes de diputaciones serán cubiertas de acuerdo a la lista plurinominal respetando el orden de prelación, el género a sustituir, así como el principio de paridad de género.
Cabe destacar, que el dictamen mediante el cual se reforma los artículos 18, 19, 21 y 189 del Código Electoral, el 13 y el 50 de la Ley Orgánica Municipal, y los artículos 2 y 209 de la Ley Orgánica del Congreso, todas del Estado de Michoacán, aún se encuentra en revisión de las Comisiones Unidas, a fin de obtener un documento integral, equitativo, objetivo, y que se convierta en un verdadero instrumento legal en beneficio de los michoacanos.
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