Hasta 3 años de prisión para bromistas del 911

La reforma presentada por el diputado Wilfrido Lázaro, y dictaminada por las comisiones de Justicia y de Seguridad Pública y Protección Civil, de la cual formó parte; y que integran los diputados
06:39 PM 13/07/2017


Morelia; Michoacán, 13 de julio de 2017.- El Congreso local aprobó reformas al Código Penal, para sancionar a quienes realicen llamadas falsas o en broma a líneas telefónicas de emergencia y denuncia 911.

La reforma presentada por el diputado Wilfrido Lázaro, y dictaminada por las comisiones de Justicia y de Seguridad Pública y Protección Civil, de la cual formó parte; y que integran los diputados Ángel Cedillo, Carlos Quintana, Nalleli Pedraza, Ernesto Núñez, Xóchitl Ruiz, Jeovana Alcantar y Roberto Carlos López, establece prisión de 1 a 3 años, y de 100 a 500 unidades de medida y actualización (UMA), a la persona que haga uso indebido de los medios de comunicación de emergencia o denuncia, reportando hechos falsos o inexistentes que provoquen la movilización o presencia de personal de respuesta y unidades o vehículos.

Si la conducta tiene como objetivo facilitar la comisión de un delito, haciendo uso de los medios de comunicación de emergencia o denuncia, para distraer la atención de personal o vehículos de seguridad o emergencia, la pena será de 2 a 4 años de prisión, y multa de 500 a 1,000 UMA.

Asimismo, se reforma el artículo 80 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, otorgando atribuciones a la Coordinación Estatal del Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo, para coordinar y supervisar la atención a la ciudadanía por medio del sistema de llamadas de emergencia y denuncia anónima las veinticuatro horas del día, así como la canalización de las mismas para su atención a las diferentes corporaciones de seguridad pública y protección civil en el estado; las llamadas serán grabadas, monitoreadas y geo referenciadas; y podrán ser utilizadas como prueba.



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